Cómo ahorrarse 3.000 euros
al comprar un vehículo nuevo

La normativa que regula los impuestos especiales en España está desfasada. No es la única. El problema de dicho desfase es que da lugar a la picaresca.

En concreto el título segundo de la ley de impuestos especiales, que es la que trata el impuesto de matriculación, declara no sujetos a este impuesto "los furgones y furgonetas de uso múltiple cuya altura total sobre el suelo sea superior a 1.800 milímetros que no sean vehículos tipo jeep o todo terreno". La redacción no dejaba lugar a dudas el 28 de diciembre de 1992, cuando se publicó  esta ley.

El impuesto de matriculación apareció para complementar al IVA de los vehículos cuando éste bajó al 16%. Si el vehículo es diésel con más de 2000 c.c. o es gasolina con más de 1600 c.c. el impuesto de matriculación es un 12%, en el resto de los casos es de un 7%. Por ello, el impuesto que pagamos al comprar un coche oscila entre el 23% y el 28%.

El sector de la automoción ha evolucionado mucho y hoy encontramos en el mercado vehículos que "dan la talla" para no tributar. Los famosos monovolúmenes tienen una altura que excede los 1.800 milímetros y, si falta poco, añadimos unas barras embellecedoras en el techo (como se puede apreciar en algunos modelos) y listo.

En la actualidad los concesionarios están recomendando a sus clientes matricular los vehículos familiares o monovolúmenes como "mixtos". Teniendo en cuenta que su cilindrada es alta, el hecho de decidir matricularlo como mixto nos proporciona un ahorro del 12%. Está claro que un monovolumen no es un furgón y nada tiene de industrial pero, de momento, la Agencia Tributaria hace la vista gorda.

Los inconvenientes de matricular nuestro coche como mixto serían fundamentalmente dos:

1) Tener que pasar la ITV con más frecuencia:
Hasta 2 años exentos
De 2 a 6 años, cada 2 años
De 6 a 10 años cada 1 año
De más de 10 años, cada 6 meses

2) Tener un límite de velocidad más restrictivo que el resto de vehículos:
La máxima, que para turismos en autovía es 120 km/h, en estos vehículos es de 100 Km/h. Aunque, como dicen los vendedores de estos coches... "¿cuántas multas podría usted pagar con  el medio kilo que le ahorramos?. Éso si le pillan, claro...".

¡Ah!. Se me olvidaba. A los 4 años de haberlo matriculado, lo puedes convertir a turismo sin ningún coste.

 

 

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