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Cómo
ahorrarse 3.000 euros
al comprar un vehículo nuevo
La
normativa que regula los impuestos especiales en España está
desfasada.
No es la única. El problema de dicho desfase es que da lugar a la
picaresca.
En
concreto el título segundo de la ley de impuestos especiales, que
es la que trata el impuesto de matriculación, declara no sujetos a
este impuesto "los furgones y furgonetas de uso múltiple cuya
altura total sobre el suelo sea superior a 1.800 milímetros que no
sean vehículos tipo jeep o todo terreno". La redacción no dejaba
lugar a dudas el 28 de diciembre de 1992, cuando se publicó esta
ley.
El
impuesto de matriculación apareció para complementar al IVA de los
vehículos cuando éste bajó al 16%. Si el vehículo es diésel con
más de 2000 c.c. o es gasolina con más de 1600 c.c. el impuesto de
matriculación es un 12%, en el resto de los casos es de un 7%. Por
ello, el impuesto que pagamos al comprar un coche oscila entre
el 23% y el 28%.
El
sector de la automoción ha evolucionado mucho y hoy encontramos en
el mercado vehículos que "dan la talla" para no tributar. Los
famosos monovolúmenes tienen una altura que excede los 1.800
milímetros y, si falta poco, añadimos unas barras embellecedoras
en el techo (como se puede apreciar en algunos modelos) y listo.
En
la actualidad los concesionarios están recomendando a sus clientes
matricular los vehículos familiares o monovolúmenes como "mixtos".
Teniendo en cuenta que su cilindrada es alta, el hecho de decidir
matricularlo como mixto nos proporciona un ahorro del 12%. Está
claro que un monovolumen no es un furgón y nada tiene de
industrial pero, de momento, la Agencia Tributaria hace la vista
gorda.
Los
inconvenientes de matricular nuestro coche como mixto serían
fundamentalmente dos:
1)
Tener que pasar la ITV con más frecuencia:
Hasta 2 años exentos
De 2 a 6 años, cada 2 años
De 6 a 10 años cada 1 año
De más de 10 años, cada 6 meses
2)
Tener un límite de velocidad más restrictivo que el resto de
vehículos:
La máxima, que para turismos en autovía es 120 km/h, en estos
vehículos es de 100 Km/h. Aunque, como dicen los vendedores de
estos coches... "¿cuántas multas podría usted pagar con el
medio kilo que le ahorramos?. Éso si le pillan, claro...".
¡Ah!.
Se me olvidaba. A los 4 años de haberlo matriculado, lo puedes
convertir a turismo sin ningún coste.
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